MANUAL DE CUMPLIMIENTO SIPLAFT
CLUB DEPORTIVO INTERNACIONAL FC (ANTES CORTULUÁ FC)
Fecha de aprobación: 01/01/2023
Versión: 1.0
1. OBJETIVO
Establecer los lineamientos y procedimientos que permitan al Club Deportivo Internacional FC (antes Cortuluá FC) prevenir, detectar y mitigar riesgos relacionados con el Lavado de Activos (LA), la Financiación del Terrorismo (FT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM), en cumplimiento de las disposiciones legales colombianas aplicables, particularmente la Circular Externa 100-000016 de 2020 de la Superintendencia de Sociedades y demás normatividad vigente.
2. ALCANCE
Este manual aplica a todas las áreas del Club, incluidos sus directivos, empleados, contratistas, patrocinadores, socios y demás partes interesadas que interactúan en las operaciones del Club.
3. DEFINICIONES
- SIPLAFT: Sistema de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
- Lavado de Activos (LA): Proceso por el cual se buscan dar apariencia de legalidad a bienes de origen ilícito.
- Financiación del Terrorismo (FT): Provisión, recolección, entrega o recepción de fondos destinados a actividades terroristas.
- Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM): Uso de recursos financieros para el desarrollo, adquisición o mantenimiento de armas de destrucción masiva.
4. RESPONSABILIDADES
4.1. Oficial de Cumplimiento
- Diseñar, implementar y supervisar el funcionamiento del SIPLAFT.
- Garantizar que el Club cumpla con la normatividad aplicable.
- Capacitar al personal del Club sobre prevención de LA/FT/FPADM.
- Reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).
4.2. Directivos
- Aprobar y respaldar la implementación del SIPLAFT.
- Proveer los recursos necesarios para la operación del sistema.
4.3. Empleados y Contratistas
- Cumplir con los procedimientos establecidos en este manual.
- Informar de manera inmediata cualquier operación inusual o sospechosa.
5. COMPONENTES DEL SIPLAFT
5.1. Identificación y Conocimiento del Cliente (KYC)
- Se deben recolectar y verificar los datos de identificación de todos los clientes, patrocinadores, socios y proveedores.
- Aplicar debida diligencia ampliada para clientes con riesgo alto.
5.2. Segmentación de Riesgos
- Clasificar las contrapartes según niveles de riesgo bajo, medio o alto.
- Revisar periódicamente las listas restrictivas (OFAC, ONU, entre otras).
5.3. Monitoreo de Operaciones
- Establecer controles para identificar transacciones inusuales o sospechosas.
- Implementar alertas automáticas para detectar patrones de comportamiento atípicos.
5.4. Reportes a la UIAF
- Presentar los reportes de operaciones sospechosas (ROS) dentro de los plazos establecidos.
- Conservar la confidencialidad de los reportes enviados a la UIAF.
5.5. Capacitación
- Realizar capacitaciones anuales para todos los empleados sobre los riesgos de LA/FT/FPADM.
- Registrar la asistencia y evaluar la efectividad de las capacitaciones.
5.6. Auditoría y Mejora Continua
- Realizar auditorías internas periódicas al SIPLAFT.
- Actualizar el sistema de acuerdo con los resultados de las auditorías y cambios normativos.
6. POLÍTICAS ESPECÍFICAS
6.1. No Vinculación con Personas o Entidades en Listas Restrictivas
El Club Deportivo Internacional FC no realizará negocios con personas o entidades incluidas en listas restrictivas nacionales o internacionales.
6.2. Gestión de Patrocinadores y Donaciones
Antes de aceptar un patrocinio o donación, se realizará una revisión exhaustiva del origen de los fondos y se evaluará el riesgo de LA/FT/FPADM.
6.3. Conservación de Información
Toda la documentación relacionada con la implementación del SIPLAFT se conservará por un periodo mínimo de 10 años.
7. CANALES DE DENUNCIA
El Club Deportivo Internacional FC habilita los siguientes canales confidenciales para la recepción de denuncias relacionadas con LA/FT/FPADM:
- Correo electrónico: juridico@cortulua.co
- Línea telefónica: 6022347925
- Buzón físico: Cl. 20 #33-11, Tuluá, Valle del Cauca, Colombia
8. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de las disposiciones del SIPLAFT será sancionado de acuerdo con el Reglamento Interno del Trabajo, los contratos laborales o comerciales vigentes, y las normas legales aplicables.
9. VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN
Este manual estará vigente a partir del 01/01/2023 y será revisado y actualizado anualmente o cuando lo exijan cambios normativos o del entorno del Club.
Firmado,
[Nombre del representante legal]
Representante Legal
Club Deportivo Internacional FC




